martes, 24 de mayo de 2011

Articulo 12 PERSPECTIVA DE GÉNERO.


Articulo 12 PERSPECTIVA DE GÉNERO.El reconocimiento de las diferecnias sociales, biologicas y psicologicas de un niño, niña o adolescente, segun el sexo, la edad, etc. en los ambitos donde se desenvuelven cada uno


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