martes, 24 de mayo de 2011

Articulo 13 DERECHOS DE LOS NIÑOS, LAS NIÑAS Y LOS ADOLESCENTES DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS Y DEMÁS GRUPOS ÉTNICOS.

Articulo 13 DERECHOS DE LOS NIÑOS, LAS NIÑAS Y LOS ADOLESCENTES DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS Y DEMÁS GRUPOS ÉTNICOS. Sin importas su cultura, los niños, niñas y adolescentes, tendran los mismos derechos de la Constitcion, el presente Codigo y los Derechos Humanos, sin pregucio alguno


No hay comentarios:

Publicar un comentario